Legislación diocesana de la Iglesia en Almería 2002 – 2021

Libro realizado por Monseñor González Montes y el Rvdo. Muñoz Jiménez
He recibido con alegría cuando un compañero cofrade, periodista, Juan Manuel Góngora Ramos, que su hijo es sacerdote, Rvdo. Juan Manuel Góngora Matarín, me envió vía whatsappla invitación para asistir, el próximo día 29 de septiembre, viernes, a las 19;30 horas, festividad litúrgica de los Santos Arcángeles Miguel, Gabriel y Rafael, organizado por la Asociación Socioeducativa y Cultural “La llave de Almería”, al acto literario en el que se presentará en el salón académico y monacal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia – UNED– en Almería, sita en la Plaza de la Administración Vieja, anteriormente, Plaza de San Fernando, el libro realizado por el Obispo emérito de Almería, Monseñor Adolfo González Montes y el canónigo doctoral de la Santa y Apostólica Iglesia Catedral de la Encarnación, Muy Ilustre Eduardo Muñoz Jiménez.
El libro versa sobre “Legislación diocesana de la Iglesia en Almería 2002 – 2021”, recogiéndose los decretos, estatutos y normativas dictadas por la autoridad eclesiástica en Almería durante el pontificado del Prelado González Montes y será presentado, D.m., por el Obispo secretario del Dicasterio para los textos legislativos de la Iglesia, Monseñor Juan Ignacio Arrieta Ochoa de Chinchetru y el Vicedecano de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad de Comillas en Madrid, profesor Dr. Miguel Campos Ibáñez, SJ.
A buen seguro se recogerá en el mismo, entre una extensa e intensa actividad jurídico canónica y pastoral, os textos litúrgicos propios de la Diócesis de Almería, que en el año 2014 vio la luz pública los textos propios almerienses del Misal y Leccionario, así como el librito de los textos propios de la Liturgia de las Horas, que son textos obligatorios para todas las parroquias e iglesias filiales, conventuales y rectorales abiertas al culto, y el Oficio Divino para los clérigos y comunidades religiosas obligadas a la recitación de la Liturgia de las Horas.
Para quienes somos cofrades y hemos ostentado oficios eclesiásticos diversos en las Hermandades, Agrupación de Cofradías y Secretariado Diocesano de HH. y CC., ahora en el rescoldo de las tibiezas, entre la normativa legal y reglamentaria de aplicación, habría que destacar, la que se dictó en el año 2020 con ocasión de la pandemia sanitaria, y que tuve ocasión de recoger con rectitud procedimental y objetiva, los elementos pastorales más significativos de ese momento dramático en un libro que titulé “Coronavirus penitencial. Semana Santa”.
Normas que tuvieron una influencia en la vida litúrgica del conjunto de la comunidad diocesana para la celebración de la Semana Santa en ese año de especial dificultad con ocasión del Covid-19, cuyas Misas escuchábamos con unción de forma televisiva – TVE2 y TreceTV-, radiofónica – Radio María y Cope- o a través de las redes sociales, afectando de forma muy significativa a las Estaciones de Penitencia de la Pasión, Muerte y Resurrección de Jesucristo, ante las disposiciones establecidas por el desGobierno de la Nación en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y que el propio Tribunal Constitucional en sentencia posterior de fecha 14 de julio de 2021 declaró inconstitucionales los estados de alarma que vulneraron el derecho fundamental de circulación, residencia y reunión.
Finalizó este artículo, dando gracias y alabanza a Dios, que nos sostiene en la salud y en la enfermedad y en todas las tribulaciones mundanas con las palabras que pronunció en su momento, el hoy obispo emérito Monseñor González Montes con motivo de la homilía pronunciada el Domingo VI del tiempo ordinario en su sede episcopal: “No estamos dejados de la mano de Dios, porque estamos arraigados en la esperanza que alimenta nuestra fe”. Paz y Bien.
Rafael Leopoldo Aguilera Martínez