Capital.- Condenan a Ayuntamiento a pagar 9.500 euros a una conductora que cayó de su moto por un “gran hoyo”
El Ayuntamiento de Almería deberá indemnizar con un total de 9.482,34 euros a una vecina de Almería que, en noviembre de 2001, sufrió un accidente de ciclomotor a consecuencia de un socavón de grandes dimensiones existente en la vía por la que circulaba, en la barriada de Regiones de la ciudad.
Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, estima parcialmente el recurso presentado por la mujer contra la resolución municipal que no atendió su reclamación patrimonial, por la que solicitaba un total 18.575,96 euros.
La demandante, que padece como secuela de la caída una limitación en la movilidad de su hombro derecho ya que sufrió una luxación que precisó reducción e inmovilización, circulaba por la calle Dama de la capital cuando la motocicleta en la que se dirigía a su centro de trabajo perdió la estabilidad debido a un “gran hoyo existente” en la calzada.
La Sala de lo Contencioso-administrativo considera acreditada la existencia de relación de causalidad entre los daños objeto de la reclamación y la existencia del socavón, y alude a la declaración de un testigo presencial que relató que auxilió a la conductora después de que sufriera la caída por el hoyo “en mitad” de la calle y la evacuó al centro de salud de la ‘Bola Azul’ para que recibiese asistencia médica.
El fallo recoge las pruebas, incluidas las fotografías del estado de la carretera, “son suficientes” para concluir que la demandante se cayó debido al “mal estado de conservación” del asfaltado, y subraya que el mantenimiento y conservación de las vías urbanas es “de clara competencia municipal”.
“Las entidades locales tienen la obligación inexcusable de mantener tales vías públicas abiertas a la circulación peatonal y viaria en condiciones tales que la seguridad de quienes las utilizan esté normalmente garantizada sin que sea permisible que presenten dificultad u obstáculos a la normal circulación como agujeros, sin por lo menos estar señalizados de una manera adecuada con la adopción de las medidas pertinentes para la prevención en tales casos de eventos dañosos”.
El TSJA rechaza, sin embargo, la cuantía reclamada por la mujer y para fijar cuál debe ser la indemnización estipula en 56,60 euros el pago por cada uno de los 120 días que estuvo incapacitada y valora en 2.690,34 euros la cantidad a pagar por el Ayuntamiento debido a las secuelas que sufre.
