Condenan al Ayuntamiento de Cuevas a pagar a una arquitecta no contratada pese a ganar un concurso

El Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora (Almería) deberá indemnizar con cerca de 20.000 euros a una arquitecta técnica que en 2017 obtuvo la mejor puntuación en un concurso-oposición para cubrir una plaza en el Consistorio pero que, finalmente, no fue contratada optando por otra aspirante “a pesar de la, al menos, inicial mejor puntuación de la demandante”.
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado mediante una providencia del pasado 3 de febrero el recurso de casación impulsado por el Ayuntamiento contra la sentencia del TSJA que da la razón a la arquitecta, quien obtuvo durante el proceso de concurso-oposición 34 puntos frente a los 33 de la aspirante contratada.
La sentencia del tribunal andaluz, que revoca el fallo dictado en primera instancia, señala que el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora deberá indemnizar con 19.200 euros más intereses y las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social de la perjudicada por el tiempo en que hubo de haber ocupado la plaza convocada el 24 de enero de 2017 de haber sido adjudicataria de la misma, más las costas. Del mismo modo, anula la resolución administrativa impugnada.
El fallo del TSJA indica que el Ayuntamiento no contestó al requerimiento de la perjudicada, quien solicitó mediante escrito que le fuera adjudicado el puesto de arquitecto técnico al tener más puntuación que su competidora.
Al respecto, el Ayuntamiento no ofreció “ninguna explicación o dato” sobre la razón de ser de la adjudicación de la plaza a otra aspirante, sino que “se limitó a convocar otro proceso selectivo que, según dijo, corrigiera o revocara aquel” en el que la afectada pedía la adjudicación a su favor por tener mejor puntuación.
El TSJA estima, no obstante, que el Ayuntamiento “tenía a su cargo probar el mejor derecho de la adjudicataria en un proceso selectivo, el de 24 de enero de 2017” dado que este “mantenía su eficacia”, puesto que de no haberse observado las debidas garantías, la corrección del proceso debía de darse por el procedimiento legalmente establecido para la revisión de actos administrativos y no a través de un nuevo concurso.
El PP reclama “explicaciones” ante el “abuso de poder” del Ayuntamiento de Cuevas en el caso de la arquitecta.
El PP ha reclamado “explicaciones” al Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora (Almería) ante el “abuso de poder” que, a su juicio, supone que dejara de contratar en el marco de un concurso-oposición para cubrir una plaza de arquitecto técnico en 2017 a la persona que quedó con mejor puntuación en detrimento de otra; un “capricho” que, tras los pronunciamientos judiciales, “habría costado al bolsillo de los ciudadanos cerca de 40.000 euros, entre sentencia, costes procesales y gastos en abogados”, según han calculado.
En una nota, el PP se ha cuestionado “cómo es posible que se alterara el orden de calificación para llegar a provocar esta situación con cargo a las arcas públicas”, ya que además, “entre otras consecuencias negativas para el Ayuntamiento, hubo denuncia en la Inspección de Trabajo, y fue ésta quien obligó al Consistorio a dar la documentación que, a pesar de los retirados requerimientos de la afectada y sus representantes legales, se le negaba”.
En esta línea, han reclamado que se depuren “responsabilidades” ante “semejante atropello que ha costado dinero a los ciudadanos”. “¿Quién, a pesar de las advertencias por registro general del error, decidió mantener la decisión equivocada, ocasionando este grave daño a las arcas públicas?”, han preguntado antes de advertir que “nadie fue cesado ni hubo dimisión alguna” por ello.
Según el PP, el pasado mes de septiembre el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora tuvo que “hacer frente al dinero fijado por sentencia”, pero “a fecha de hoy, la persona damnificada sigue reclamando documentación que le viene siendo negada por el Ayuntamiento”. “Una vez más, la persona afectada ha interpuesto reclamaciones ante el Defensor del Pueblo Andaluz, y el del Pueblo Español”, han añadido.
“Los vecinos de Cuevas han pagado dos veces un trabajo por un capricho gravísimo”, han sentenciado los populares, quienes han reclamado la información y la documentación que obra en poder del Consistorio con el fin de “ser estudiada por los abogados del partido, por entender, a simple vista, que podríamos estar ante un delito de prevaricación”.
El Ayuntamiento desmiente rotundamente las declaraciones del PP en nota de prensa del pasado 20 de febrero, ya que no es cierto que no se haya contratado a una persona que ganara un concurso de trabajo.
El Ayuntamiento desmiente rotundamente las declaraciones del PP en nota de prensa del pasado 20 de febrero, ya que no es cierto que no se haya contratado a una persona que ganara un concurso de trabajo.
El procedimiento por el que se ocupó la plaza a la que hacen alusión fue un procedimiento administrativo de los que se hacen continuamente, con un tribunal totalmente técnico como todos los procesos selectivos que establece la Ley.
Todo ese proceso, de hecho, es público, y toda la documentación que ha sido requerida por cualquier persona respecto al mismo ha estado y está a disposición de quién la requiera, y, por supuesto, notificada a los interesados en tiempo y forma.
El procedimiento fue como sigue:
En octubre de 2016 el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) resuelve una subvención para la contratación de actividades de cooperación social y comunitaria a favor de jóvenes y de mayores de 30 años.
Se inician dos expedientes: uno para contratar un/a arquitecto/a técnico/a 18 meses y otro para contratar contratar un/a arquitecto/a técnico/a 12 meses.
Para estas contrataciones el SAE envía personas inscritas como demandantes o con mejora de empleo en un número de tres, de haber candidatas. Y el Ayuntamiento en un tribunal exclusivamente técnico, valora las aptitudes al puesto en cuestión, mediante una entrevista, en la que se contestan una serie de preguntas que constan en el acta.
Con dos procesos de selección:
Para el primer proceso (oferta SAE 01 2016 33254) en fecha 23/12/2016, se constituye tribunal de selección para la selección de dicha plaza con destino al área de Secretaría, en la que consta la siguiente clasificación:
- 1º A
- 2º B
- 3º C
El segundo proceso (oferta SAE 01 2017 2173) en fecha 24/01/2017, se envían las personas B y C que no habían resultado ganadoras de ese primer procedimiento y se constituye tribunal de selección para la selección de dicha plaza con destino al área de Secretaría, Urbanismo, Catastro en la que consta la siguiente clasificación:
- 1ª C
- 2ª B
- 3ª D
En este proceso, consta en el acta que interpeladas las dos primeras candidatas dada la reciente entrevista del proceso anterior, si tienen algo que decir… contestando la candidata B que no tiene nada que añadir y la candidata C, que tiene conocimiento de inglés.
Hay que remarcar que son dos procesos independientes y que de haberse producido vacante en el primer proceso, por renuncia de la primera clasificada, por supuesto que la segunda aspirante, la candidata B hubiese ocupado el puesto.
Como consecuencia de lo anterior, no conforme la candidata B con los resultados, solicita que se le adjudicase el puesto al tener más puntuación que la candidata C, todo ello referido al primer proceso, por lo que se estudia el asunto y mediante resolución de Alcaldía de fecha 30/01/2017:
- Se revoca el acta del proceso selectivo de 24/01/2017.
- Se justifica la decisión adoptada por el Tribunal basándose en el conocimiento del idioma inglés de la candidata seleccionada, candidata C.
- Se propone la convocatoria efectiva de un proceso selectivo para cubrir dicho puesto en el que se desarrolle ejercicio teórico, práctico.
- Se fija día para las pruebas el 10/02/2017 a las 10 y se nombra el Tribunal.
- La Resolución le es notificada a las interesadas, registros de salida 716, 717 y 718 de 31/01/2017.
- En la fecha prevista, 10/02/2017 sólo se presenta la candidata
- Las otras candidatas no se presentan, por lo que se selecciona a la única que se ha presentado tras la superación de las pruebas, tal y como consta en el acta del tribunal.
A partir de ese momento, la candidata inicia una presentación de escritos a los que se le da respuesta, pero al no ser satisfactoria, acude a la vía judicial, que en primera instancia da la razón al Ayuntamiento.
En definitiva, se trata de un procedimiento administrativo, en el que el SAE envía los candidatos, en el que un tribunal técnico selecciona a los mismos con una serie de pruebas y entrevistas que figuran en actas, así como su decisión. En el que no hay en ningún momento ningún tipo de intervención política y en el que, finalmente, una decisión judicial da la razón a una persona que acude a esa vía.
Tal y como aclara el alcalde cuevano, Antonio Fernández, “sembrar mentiras ante un procedimiento claro y transparente para poner en duda a un alcalde es realmente triste”, y por si cabe alguna duda más, “la persona que resultó ganadora de la plaza estuvo trabajando el año que estipulaba la subvención del SAE, tal y como establece la Ley”.
El primer edil vuelve a recordar al PP cuevano: “si quieren buscar corrupción que miren a otra parte, a Almería, por ejemplo, porque en este Ayuntamiento desde que está Antonio Fernández todo es claro y transparente. De hecho, somos uno de los ayuntamientos más transparentes de la provincia”.