El Ayuntamiento conmemora el 15 de marzo, Día Mundial del Consumidor, con un decálogo de buenas prácticas
El Ayuntamiento de Almería, a través del Área de Salud y Consumo, ha querido conmemorar el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, que se celebra este día 15 de marzo, con la elaboración de un decálogo de buenas prácticas, ya que, según explica el concejal del Área, Carlos Sánchez, “es necesario recordar, tanto a los compradores como a los vendedores, una serie de principios y derechos básicos cuyo conocimiento es fundamental para que las relaciones entre ambas partes sean fluidas y que todos tengan claros tanto sus derechos como sus obligaciones”.
En el decálogo de buenas prácticas se hace referencia a una serie de puntos, entre los que destacan que toda la información debe ser veraz, clara y suficiente para que el consumidor pueda valorar y decidir qué producto quiere adquirir o contratar. Del mismo modo, se recuerda que la adquisición de un producto en un establecimiento ya es un contrato de compraventa. Las dos partes, vendedor y comprador, quedan obligados a cumplir y respetar las condiciones que se acuerden en esa compraventa: el consumidor debe abonar el importe del bien adquirido y el vendedor, entregar el producto en perfectas condiciones.
Insisten desde el Área de Salud y Consumo que todos los productos que están a la venta deben mostrar su precio final, es decir, incluyendo todos los impuestos y el consumidor debe exigir siempre una factura o ticket de la compra. En el decálogo también se especifica que todos los bienes de consumo tienen una garantía legal y obligatoria de dos años. Para poder justificar la fecha de compra y disfrutar de la garantía es importante guardar los justificantes que acrediten la compra.
Por otro lado, se hace hincapié en que hay comerciantes que admiten la devolución de productos no defectuosos. No se trata de una obligación impuesta por la Ley, sino una atención comercial del vendedor. Además, durante dos periodos al año, el precio del producto puede rebajarse respecto al precio que se ofertaba anteriormente, en lo que se conoce como rebajas, durante las cuales la mercancía no puede estar deteriorada y disfrutará de las mismas garantías que los demás productos. Tanto los establecimientos comerciales, como los vendedores ambulantes o a distancia, deben disponer de hojas de reclamaciones e informar al consumidor de que están a su disposición.
Por último, en el decálogo de buenas prácticas se hace referencia a que las administraciones competentes en materia de consumo pueden tener a disposición de los consumidores un sistema de resolución de conflictos gratuito, como en este caso lo tiene el Ayuntamiento de Almería, a través del Área de Salud y Consumo, mediante la Junta Arbitral Municipal de Consumo.
El concejal Carlos Sánchez ha recordado que “se trata de un servicio que presta el Ayuntamiento de Almería a todos los ciudadanos que permite resolver los conflictos y reclamaciones que puedan surgir de las relaciones de consumo entre consumidores y comercios adheridos a este sistema arbitral”. Este procedimiento arbitral siempre se inicia a instancia del consumidor o usuario y cuando el comercio está adherido al sistema arbitral se constituye un órgano llamado Colegio Arbitral, que es el encargado de dictaminar de forma objetiva e imparcial un laudo que es vinculante para las dos partes. “Se trata, por tanto, de un instrumento rápido, eficaz y gratuito”, ha concluido el edil.
