EL EJIDO.- Enfrentamiento entre guardas e inquilinos de chabolas en El Ejido se salda con multas de 780 euros
El primer enfrentamiento entre inquilinos de las infraviviendas en el asentamiento que se localiza en ‘Tierras de Almería’, en El Ejido (Almería), se ha saldado con condenas a multas por tres faltas de lesiones que suman 270 euros. Asímismo, uno de los guardias de seguridad de la finca tendrá que pagar a un matrimonio un total de 420 euros de indemnización mientras que recibirá de ellos un total de 90 euros por la misma infracción.
La riña, que ha sido enjuiciada por vía rápida en el Juzgado de Instrucción número 1 de El Ejido, tuvo lugar el día 9 de septiembre en uno de los asentamientos chabolistas del paraje ‘La Cumbre’ y fue denunciado por la Plataforma por los Derechos y Justicia Social de Almería, un colectivo que, en las últimas semanas, ha mantenido contactos con administraciones para paralizar los desalojos y derribos de infraviviendas en la zona.
El matrimonio, de origen magrebí y residencia regular en España, se personó a las 16,30 horas en el paraje donde se levanta su infravivienda. Según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el guarda de seguridad les dio el alto cuando se estaban aproximando en su vehículo al tiempo que les indicó que allí no podía estar al tratarse de una propiedad privada, en concreto, un finca cuya titularidad es de la Comunidad de Regantes ‘Tierras de Almería’.
En ese momento, el conductor reanudó la marcha y obligó al vigilante a tirarse al suelo para evitar ser atropellado, lo que le causó lesiones consistentes en lumbalgia, y escoriaciones superficiales en antebrazo y hemiabdómen, de las que tardó en curar tres días y por las que estuvo incapacitado para trabajar solo uno.
Posteriormente, tal y relata el fallo, el guarda se dirigió al cortijo en el que había entrado el matrimonio. Allí se produjo un enfrentamiento en el que les golpeó con su defensa reglamentaria. El hombre hematomas de los que tardó en curar seis días mientras que la mujer tenían moratones en el codo por lo que tardó en curar otros seis días.
La juez señala que el vigilante reconoció ante la sala la utilización de la porra aunque descarta que lo hiciese en defensa propia, según su versión, porque estaba siendo atacado por otros dos individuos que portaban palos y piedras.
“Este extremo no ha quedado acreditado y además resulta llamativo que ellos presentan lesiones de mayor gravedad que él”, resalta para, a continuación, añadir que sus heridas “no fueron en este incidente sino en el primero, cuando se tiró al suelo para no ser atropellado”.
La sentencia condena al vigilante a dos meses de multa a razón de tres euros al día por dos faltas de lesiones mientras que impone al inquilino de la chabola otra multa de un mes con una cuota diaria de tres euros y absuelve a su esposa.
