EL EJIDO.- Ibáñez lamenta la ignorancia de IU sobre la normativa andaluza que regula los centros con mayores en situación de dependencia
La concejala de Servicios Sociales en el Ayuntamiento de El Ejido, Julia Ibáñez, se ha referido a las alegaciones presentadas por el grupo municipal de Izquierda Unida relativas al Reglamento de Régimen Interior de la Unidad de Estancias Diurnas Ciudad de El Ejido y, en este sentido, la edil ha asegurado que en la elaboración de dicho reglamento “se ha aplicado de forma rigurosa la legislación vigente, conforme a la Orden de 21 de diciembre de 2007 aprobada por la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía (publicada en el BOJA el 15 de enero de 2008), y que es de obligado cumplimiento para todos los centros residenciales con personas mayores en situación de dependencia, tanto públicos como privados”.
Ibáñez ha recordado en este sentido que el Ayuntamiento de El Ejido no tiene las competencias para modificar de forma unilateral el contenido de dicha Orden, al tiempo que ha lamentado el desconocimiento de la concejala de Izquierda Unida sobre esta materia, invitándola a que “antes de lanzarse a realizar acusaciones de recortes e injusticias se informe mejor y se documente con rigor sobre la legislación vigente”.
De igual modo, la concejala de Servicios Sociales ha apuntado que “si desde Izquierda Unida consideran que la legislación es demasiado dura en algunos supuestos, les proponemos que trasladen estas quejas a sus compañeros de partido, puesto que quien mantiene en vigor dicha Orden en toda la Comunidad Autónoma Andaluza es el bipartido PSOE/IU”.
Ibáñez insiste en que “lo único que hemos hecho desde este equipo de gobierno es aplicar rigurosamente la legislación vigente, ya que las administraciones locales no tienen competencias para modificar el contenido de lo aprobado por la Junta de Andalucía en esta materia, algo que debería saber la edil de IU”.
Asimismo, la edil ha aprovechado para recordar a la concejala de Izquierda Unida que “las puertas del área de Servicios Sociales están siembre abiertas para consultar cualquier cuestión o aclarar cualquier duda” y, en este sentido, ha pedido que “no se caiga en la crítica fácil y en la demagogia, menos cuando se trata de personas que se encuentran en una situación de dependencia y, por tanto en unas circunstancias muy delicadas”.
NOTA:
La actual Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía mantiene vigente la Orden de 21 de diciembre de 2007 por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Régimen Interior de los centros residenciales de personas mayores en situación de dependencia que formen pare del Sistema de Atención a la Dependencia en Andalucía, aplicable a los centros existentes en la actualidad como para los futuros centros que inicien su actividad en Andalucía.
Dicha Orden establece sobre el artículo 45, del siguiente tenor literal:
Artículo 45. Faltas Graves:
Constituyen faltas graves las siguientes: (…)
g) la demora injustificada de un mes en el pago.
Por otro lado, la mencionada Orden, sobre el artículo 49 señala del siguiente tenor literal:
Artículo 49. Sanciones.
1. Sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar, éstas serán proporcionales a la infracción cometida y se establecerán ponderándose según los siguientes criterios: (…)
c) por infracciones leves (…)
2. Prohibición del disfrute de servicios lúdicos y de participación en actividades del centro, hasta 2 meses.
