El TSJA declara incompetente al SAS para aplicar la jornada de 37,5 horas sin acuerdo sindical
La postura de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSIF, contra el acuerdo de aplicación de las 37,5 horas semanales de los profesionales de la Sanidad comienza a dar sus frutos. El pasado 3 de junio el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, TSJA, dictó sentencia, contra la que no cabe recurso, que declara incompetente al Servicio Andaluz de Salud (SAS) para aplicar la medida sin el pertinente acuerdo sindical.
En esta línea, hay que recordar que la falta de acuerdo en la Mesa Sectorial de Sanidad viene provocada por la negativa de CSIF a aceptar la propuesta de aplicación que ofertaba la Administración. La postura del Sector de Sanidad del sindicato Andalucía fue la que provocó que, finalmente, el resto de los sindicatos tampoco aceptaran la oferta. Así, esta sentencia refleja que, al no haber consenso sindical, es el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía el competente para aplicar esta jornada, no el propio Servicio Andaluz de Salud.
CSIF ha manifestado, desde que se comenzó a poner en marcha esta jornada, su desacuerdo con la forma en que el SAS la estaba aplicando, ya que no había existido acuerdo sindical. El TSJA da la razón a CSIF y anula la aplicación llevada a cabo por el SAS.
En este sentido, la central sindical lamenta que, una vez más, el SAS ignore lo que dictan las normativas y vuelva a aplicar a su antojo lo que ya está regulado por ley y que, por lo tanto, es de obligado cumplimiento. Por ello, el Sector de Sanidad exige que el SAS anule, con carácter inmediato, la aplicación de la Jornada laboral de 37,5 horas semanales.
Por otro lado, CSIF promoverá que los profesionales de la Sanidad afectados reclamen la devolución de las pérdidas económicas que esta aplicación de la jornada, ahora anulada, les haya podido ocasionar.
