GARRUCHA.- Una nueva sentencia avala la actuación del Ayuntamiento de Garrucha en la plaza Pedro Gea
El alcalde de Garrucha, Juan Francisco Fernández, ha mostrado su satisfacción al conocer la reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Almería que avala la actuación del Ayuntamiento de la localidad en relación al proyecto de remodelación de la plaza Pedro Gea y le exime de la indemnización reclamada por los arquitectos Miguel Ángel Astiz García y Julio Cayetano Agudo.
A principios de 2009, el Consistorio garruchero optó por encargar el trabajo a otro equipo técnico, después de que Astiz y Cayetano, ganadores del concurso de ideas convocado para rediseñar el espacio, no garantizaran tener a tiempo su proyecto para poder optar a una subvención estatal, de 1,4 millones de euros, con la que, de hecho, finalmente se sufragó la obra.
“Les reclamamos el trabajo en reiteradas ocasiones; lo tenían muy fácil, porque ya habían elaborado el anteproyecto y, de hecho, luego se llegó a tiempo con otro estudio de arquitectos –recuerda el primer edil-. Lo que no íbamos a permitir era perder el dinero”.
Es la segunda sentencia que da la razón al Consistorio, después de que, en octubre pasado, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Almería desestimase la demanda presentada por el Colegio Oficial de Almería en representación de los arquitectos Miguel Ángel Astiz García y Julio Cayetano Agudo.
La nueva resolución judicial hace mención expresa a la primera. “No puede sino coincidirse con la emitida dictada por el Juzgado número 3 de lo Contencioso Administrativo de Almería, en el sentido de que el Ayuntamiento demandado acordó acogerse a las ayudas previstas en el Real Decreto ley 9/2008, por el que se creaba el Fondo Estatal de Inversión Local –que preveía ayudas de hasta 1.401.747 euros- al objeto de acometer la reforma de la plaza y alrededores. Cierto que los recurrentes resultaron ganadores del concurso de colaboración con el Ayuntamiento de Garrucha elaborando una memoria valorada que fue adjuntada por este consistorio para obtener la mencionada ayuda, obtenida finalmente por el demandado. Y cierto es que estando condicionada la percepción de la ayuda a la presentación de un proyecto en un plazo perentorio, ante las divergencias surgidas, el Ayuntamiento de Garrucha procedió a encargar la obra a otro arquitecto”.
El juzgado, que entiende así que hubo causa motivada para adjudicar el trabajo a otro estudio de arquitectos, vuelve a echar mano de las bases del concurso de ideas promovido por el Ayuntamiento para acordar improcedente la indemnización que solicitan Astiz y Cayetano. “Para el encargo del proyecto, el Ayuntamiento de Garrucha dispondrá como máximo de un año a partir de la publicación del fallo del jurado. Si en dicho plazo, la Gerencia Municipal de Urbanismo no pudiera contratar el encargo del proyecto, o por razones de oportunidad desistiera de su realización, el ganador del concurso no recibirá ninguna cantidad adicional como indemnización, entendiendo que la misma se ha satisfecho con el abono de la cantidad del premio”.
La indemnización podría haber alcanzado los 200.000 euros.
