Gobierno: La revisión excepcional de precios en obras públicas da “total estabilidad” al AVE Murcia-Almería
El subdelegado del Gobierno en Almería, Manuel de la Fuente, ha indicado este miércoles que la aprobación en Consejo de Ministros de medidas para la revisión excepcional de los precios de los contratos públicos de obras afectados por la subida de los precios de los materiales “garantiza” la “total estabilidad” de las obras de la Línea de Alta Velocidad Murcia-Almería.
De la Fuente ha apuntado que el acuerdo adoptado “traslada un mensaje de tranquilidad” a las empresas porque hay una norma que “garantiza esas revisiones extraordinarias y automáticas, a petición suya, no solo para los contratistas, sino también para las subcontratas”.
“Es una magnífica noticia porque garantiza estabilidad en el desarrollo de las obras”, ha trasladado en declaraciones a los periodistas al tiempo que ha subrayado que es un paso más en el “compromiso del Gobierno de que el AVE estará en el 2026 y el AVE estará, por encima de todo, en el 2026”.
De la Fuente ha apuntado que la norma beneficiará no solo a las empresas que ejecutan las obras del tramo AVE Almería-Murcia, “sino también a aquellas actuaciones de gran alcance en Carreteras, como el caso del enlace entre la A-7 y la A-92, en Viator”.
De acuerdo con la norma aprobada por el Gobierno, de manera excepcional, en los contratos públicos de obras, ya sean administrativos o privados, adjudicados por cualquiera de las entidades que formen parte del sector público estatal y que se encuentren en ejecución coincidiendo con la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, con independencia del régimen jurídico que por razón temporal o de la materia se aplique al contrato, se reconocerá al contratista la posibilidad de una revisión excepcional de precios.
Ello será así siempre que el incremento del coste de los materiales empleados para la obra adjudicada haya tenido un impacto directo y relevante en la economía del contrato durante el ejercicio 2021.
De esta manera, se considerará que existe ese impacto cuando el incremento del coste de materiales siderúrgicos, bituminosos, aluminio o cobre, calculado aplicando a los importes del contrato certificados en el ejercicio 2021 su fórmula de revisión de precios si la tuviera, y en su defecto aplicando la que por la naturaleza de las obras le corresponda de entre las fijadas en el Real Decreto 1359/2011, de 7 de octubre, exceda del 5% del importe certificado del contrato en el ejercicio 2021.
