HUÉRCAL DE ALMERÍA.- ‘Cuenta 10’ para los contribuyentes
El equipo de gobierno de Huércal de Almería (PP-GRINP), atendiendo la demanda ciudadana de facilitar el pago de obligaciones tributarias en el actual tiempo de dificultad económica por el que atraviesan tantas familias, ha puesto en marcha la Cuenta 10, un sistema de pago fraccionado periódico de los tributos locales que permite la creación de una cuenta corriente tributaria para el pago de determinados impuestos y tasas municipales.
La última sesión plenaria de la corporación local huercaleña, celebrada el pasado 27 de septiembre, dio lugar a la aprobación provisional de la Ordenanza Fiscal que regula el sistema de pago fraccionado denominado “Cuenta 10”, poniendo en marcha a lo largo de todo el mes de octubre la recepción de solicitudes para poder beneficiarse de este sistema durante el año 2013, pendientes de que la ordenanza resulte definitivamente aprobada dentro del presente año.
La Cuenta 10 es un procedimiento de pago fraccionado de recibos de vencimiento periódico y notificación colectiva (aquellos que se cobran por medio de un padrón tributario) mediante cuenta corriente, cuya aplicación se llevará a cabo conjuntamente con el Servicio Provincial de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación de Almería, que tiene cedida la recaudación en período voluntario y ejecutivo de buena parte de los tributos municipales.
Podrán beneficiarse de este nuevo sistema de pago fraccionado todos los ciudadanos y empresas (todas las personas físicas y jurídicas) que tributen en el municipio de Huércal de Almería por todos o algunos de los siguientes conceptos: impuesto sobre bienes inmuebles rústicos y urbanos (IBI), impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), impuesto sobre actividades económicas (IAE) y tasa por entrada y salida de vehículos a través de las aceras (Vados).
Así, el pago del total de la cuota -la suma anual a pagar por los tributos antes indicados- se dividirá en diez mensualidades, que se cargarán en la cuenta corriente bancaria del interesado el primer día hábil de los meses de febrero a noviembre, de manera que el total de la deuda se satisfaga en el mismo ejercicio de su devengo. El total de la cuota por todos los conceptos a satisfacer por el sistema de pago fraccionado deberá ser como mínimo 150 euros. Al inicio de cada año se efectuará una estimación del importe de las cuotas que el interesado debe pagar en cada fracción. El importe del último plazo, mes de noviembre, será la diferencia entre la cuantía de los recibos del ejercicio y las cantidades abonadas, quedando regularizado, al alza o a la baja, según cada caso, el importe fraccionado estimado que el contribuyente a venido pagando a lo largo de los 9 meses anteriores con el importe real de los recibos que se han generado a lo largo del año.
La solicitud para acogerse a este nuevo sistema de pago fraccionado se hará a través del modelo suministrado por el ayuntamiento, siempre antes del día 1 de noviembre si se quiere ser beneficiario de cara al ejercicio 2013. Al solicitar el alta en el sistema de Cuenta 10, a lo largo de este mes octubre, se procederá a dar de baja la domiciliación de los tributos incluidos en este sistema que el contribuyente así tuviera establecidos.
