José Manuel Ortiz asegura que el barranco Caballar no tiene problemas para evacuar las aguas, si el Ayuntamiento limpia los vertidos de basuras
El delegado territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, José Manuel Ortiz, ha negado que la situación del cauce del barranco Caballar, en el barrio de Pescadería-La Chanca, de la capital, entrañe ningún problema para evacuar las aguas de lluvia, siempre y cuando el Ayuntamiento de Almería sea responsable y asuma de una vez por todas sus competencias y lo mantenga limpio de vertidos sólidos urbanos.
El representante de la Junta ha salido así al paso de las últimas manifestaciones públicas del concejal de Fomento y Servicios Urbanos, Manuel Guzmán, unas manifestaciones en las que, según Ortiz, “el edil no duda en ocultar parte del contenido de un escrito y de un decreto para acomodarlo a sus intereses, eludir sus responsabilidades y responsabilizar a otros, y de paso, crear alarma entre los vecinos de la zona”.
En concreto, el delegado territorial se refiere a la cita en la que el concejal alude al artículo 13.2 (en realidad se refiere al 13.1) del Decreto del Plan de Prevención de Avenidas e Inundaciones en Cauces Urbanos Andaluces. El edil, en un comunicado y en relación a las competencias de cada Administración, afirma lo siguiente: “no soy yo el que lo digo, sino que es la propia Junta quien queda en evidencia, ya que fue la Agencia Andaluza del Agua, de la Consejería de Medio Ambiente, la que el día 14 de junio de 2011 nos remitió un escrito, con el registro general de salida número 20111605 2285, donde exponen literalmente que: En este sentido, es preciso reiterar que el art. 13.2 del Decreto 189/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Plan de Prevención de Avenidas e Inundaciones en cauces urbanos andaluces, establece de manera precisa que la conservación de los cauces públicos corresponde a la Administración competente en la gestión de la cuenca correspondiente, de acuerdo con la normativa vigente”.
En el escrito al que hace referencia el concejal, y ahora sí, en el artículo 13.2, se dice textualmente: “De acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley 7 / 1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, corresponde a los municipios la recogida de los residuos sólidos arrojados a los cauces públicos en tramos urbanos”. Sin embargo, según Ortiz, “el edil ha ocultado deliberadamente di-cho párrafo para ocultar su irresponsabilidad”. (Se adjunta ‘pdf’ del documento com-pleto remitido por la Delegación de Medio Ambiente al ayuntamiento de Almería el 10 de junio de 2011, para que no quepa ninguna duda acerca de su contenido literal).
Accesos a las viviendas
En cuanto a las afirmaciones de Manuel Guzmán, en las que insiste en acusar a la Junta de “dejar tiradas” a sesenta familias del Barranco Caballar, por las condiciones en las que ha quedado el cauce, el delegado de la Consejería coincide con el concejal en que el único problema que verdaderamente tienen los vecinos es el de los accesos a sus propiedades, “pero ese problema, como el de la estabilidad que dice que tienen las viviendas, sí que es una competencia exclusiva del Ayuntamiento, por mucho que se empeñe en intentar lanzar cortinas de humo y mirar para otro lado”. Asimismo, Ortiz emplaza al concejal a que demuestre en qué norma legal se contempla que los cauces de las ramblas sean lugar de acceso a viviendas, así como que corresponda a la Administración autonómica prestar dicho servicio de acceso a barriadas urbanas.
