LA MOJONERA.- El Partido Popular denuncia que el Alcalde vuelve a saltarse el reglamento a la torera
El Partido Popular de La Mojonera denuncia lo que ha vuelto a suceder en la sesión plenaria ordinaria celebrada el viernes en el consistorio. Una vez más el Alcalde se ha erigido en juez y parte para (incumpliendo el reglamento) ser él quien determine qué mociones son o no urgentes y por lo tanto puedan debatirse en el pleno. Según el Alcalde es él quien tiene la potestad de determinar qué mociones son de urgencia y cuales no aunque la legislación aplicable diga algo muy distinto.
La legislación que se aplica es el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Su artículo 91.4 dice lo siguiente:
En las sesiones ordinarias, concluido el examen de los asuntos en el orden del día y antes de pasar al turno de ruegos y preguntas, el Presidente preguntará si algún grupo político desea someter a la consideración del Pleno por razones de urgencia, algún asunto no comprendido en el Orden del Día que acompañaba a la convocatoria y que no tenga cabida en el punto de ruegos y preguntas.
Si así fuere, el Portavoz del grupo proponente justificará la urgencia de la moción y el Pleno votará, acto seguido, sobre la procedencia de su debate. Si el resultado de la votación fuera positivo se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 93 y siguientes de este Reglamento.
Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación, en ningún caso, a las mociones de censura, cuya tramitación, debate y votación se regirán por lo establecido en el artículo 108 de este Reglamento.
El Portavoz del Partido Popular José Cara preguntó por el cambio de criterio que se ha producido en el consistorio, ya que en el pleno del mes de febrero sí fueron incorporadas mociones tras votar la urgencia el Pleno, (siendo una de ellas la del Juez de Paz que recientemente ha jurado su cargo) no obteniendo respuesta. Fue contumaz el Alcalde en la vulneración del precepto pese a las numerosas advertencias de la oposición sobre el atentado que supone contra el derecho de representación, aduciendo el Alcalde una y otra vez que al no considerar él las mociones como urgentes no se iban a debatir en el Pleno. Fue muy llamativo que en varias ocasiones los portavoces de la oposición pidieran que le se le diera uso de la palabra a la Secretaria General para que arrojase luz sobre qué dice la ley sobre ese punto, denegando dar uso de la palabra a la funcionaria e impidiendo así el Alcalde el asesoramiento legal al Pleno por parte de la Secretaria. Especialmente llamativa fue la excusa que ha dado el Alcalde para no permitir la intervención de la Secretaria. Argumentó que han de ser los tribunales quienes diriman las dudas sobre legalidad y no los funcionarios que según él están para cosas técnicas. Finalmente permitió que la Secretaria leyera el artículo anteriormente expuesto tras un receso de 5 minutos propuesto por el propio Alcalde pero ya en el turno de ruegos y preguntas y tras no permitir la incorporación de ninguna moción de urgencia al orden del día.
La negativa del Alcalde a que se debatan mociones de urgencia es la materialización del abuso de la presidencia de las sesiones con el fin de menoscabar la autoridad del Pleno. Una estrategia para evitar el rechazo de las iniciativas que presenta el Equipo de Gobierno. No hay ningún tipo de interés por consensuar nada con la oposición e intentan llevar a debate lo menos posible. Reiteramos que desde el Partido Popular siempre hemos estado abiertos al diálogo y a la negociación por los temas que sean buenos para el municipio, pero una y otra vez obtenemos por parte del Equipo de Gobierno el abuso y el ninguneo. El resultado de esto es la total ausencia de iniciativas por parte de quien debiera tenerlas y el parón del municipio durante este último año.
