La Policía Nacional está llevando a cabo una campaña para la acreditación las viviendas que se destinan uso turístico
Se trata de un trámite que se ha de realizar de manera presencial ante la Fuerza y Cuerpo de Seguridad del Estado competente, en función de la ubicación de la vivienda.
Para las viviendas sitas en el término municipal de Almería, se deberá concertar cita previa en el número de teléfono 62.30.44, o a través del correo electrónico almeria.participacion@policia.es.
Los inmuebles que se encuentren en demarcación de la Policía Nacional en el Ejido, han de presentar la documentación requerida en la Comisaría de El Ejido, previa cita en el número de teléfono 57.32.08, o a través del correo elejido.participacion@policia.es.
El incumplimiento en el registro lleva aparejada una sanción a quien ejerce la actividad que puede alcanzar los 30.000 euros.
La Policía Nacional está llevando a cabo una campaña para asegurarse que las personas físicas o jurídicas que disponen de viviendas turísticas, informen acerca de la identidad de sus huéspedes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, ya que en caso de no hacerlo, ello puede conllevar sanciones que van desde los 100 hasta los 30.000 euros.
Las viviendas de uso turístico o fines turísticos se encuentran reguladas en el Real Decreto 28/2016 de 2 de febrero de la Junta de Andalucía, dónde establece que se trata de “…viviendas ubicadas en suelo de uso residencial, que han de cumplir necesariamente con los servicios y requisitos de uso común, y cuyo contrato de uso es inferior a dos meses de manera continuada por una misma persona como usuaria.”
Además de los requisitos que exige la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía para proceder a la inscripción de la misma en el Registro de Turismo de Andalucía, es necesario que por parte de los responsables de dichas viviendas, se confeccione un registro de viajeros, y se haga llegar a la Dirección General de la Policía, antes de que transcurran 24 horas desde el inicio del alojamiento.
Normativa estatal
La Orden INT/1922/2003 de 3 de julio sobre Libros Registros y Partes de Entrada de Viajeros en Establecimientos de hostelería, obliga a los establecimientos de hostelería y análogos, a llevar un libro-registro de viajeros, y conservarlo durante tres años, cuyos documentos individualizados deben ser cumplimentados y firmados por cada viajero mayor de 16 años que se aloje.
Por su parte la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, en su artículo 25, establece que las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades relevantes para la seguridad ciudadana, -como las de hospedaje-, quedarán sujetas a las obligaciones de registro documental e información, en los términos que establezcan las disposiciones aplicables.
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En Almería y El Ejido, y en demarcación de Policía Nacional, hay registradas desde el año 2016 sobre 700 viviendas de uso turístico, las cuáles deben cumplir con un trámite documental en las Comisarías de Policía Nacional respectivas.
Las viviendas que se ubican en el término municipal de Almería, tienen que solicitar información y pedir cita previa en el número de teléfono 950.62.30.44, o a través del correo almeria.participacion@policia.es. Por medio de estas dos vías, quien desee registrar una vivienda de uso turístico será informado de los requisitos documentales exigidos.
Para las viviendas sitas en el término municipal de El Ejido, y cuya competencia en materia de seguridad ciudadana corresponda a la Policía Nacional, la cita previa se hará a través del teléfono 950.57.32.08, o a través del correo elejido.participacion@policia.es
