La Unión de Consumidores de Almería-UCA/UCE, denuncia el cobro irregular de comisiones bancarias
Las entidades financieras ocupan uno de los primeros puestos en el establecimiento de comisiones. Bien es cierto que, legalmente, las entidades financieras pueden establecer las comisiones que estimen oportunas, siempre que correspondan a un servicio efectivamente prestado. No obstante, se deben observar ciertos trámites y obligaciones legales:
1. Las tarifas deben recogerse en un folleto u hoja informativa que debe estar redactada de forma fácilmente comprensible por parte de los clientes y que deben ser comunicadas previamente al Banco de España.
2. Esta información debe estar a disposición de los usuarios, a quienes se facilitará un ejemplar del folleto cuando así lo soliciten. En cualquier caso, el mencionado folleto deberá exponerse en un lugar destacado de la sucursal para su consulta.
3. En el mismo tablón se colgará toda aquella información que las entidades deban poner en conocimiento del público, concretamente los tipos de interés aplicables, la disponibilidad de hojas de reclamaciones oficiales así como la posibilidad de dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España o al defensor del cliente.
4. Las entidades que operen exclusivamente como banca telefónica deberán comunicar por escrito periódicamente a sus clientes los datos que tendrían que figurar en el tablón de anuncios.
5. Las entidades que ofrezcan la posibilidad de realizar operaciones a través de Internet deberán incluir también en su propia página el folleto de tarifas.
En este sentido, la Unión de Consumidores de Almería-UCA-UCE está recibiendo quejas por comisiones que no han sido debidamente informadas y que los clientes consideran ilegales.
Ante esta situación, la Unión de Consumidores de Almería-UCA-UCE recomienda:
1. Exigir la información por escrito sobre las comisiones y sus cuantías.
2. Negociar las posibles comisiones que puedan cargarse en nuestra cuenta.
3. Comprobar que el cargo de comisiones corresponde siempre a servicios prestados y que han sido autorizados por el cliente.
4. Solicitar información cuando la entidad financiera proponga modificar alguna de las condiciones de los contratos.
5. Cuando surja motivo de queja o reclamación hacer uso de las hojas de reclamaciones oficiales. Si mediante este procedimiento no se da plena satisfacción al usuario, formular la queja ante el Defensor del Cliente de la entidad. De no resolverse en un plazo de dos meses o si la resolución no fuera la satisfactoria para el usuario, dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España, órgano que abrirá expediente, oirá las partes y resolverá si la entidad reclamada ha quebrantado o no algún precepto legal.
6. Debemos comparar condiciones de las comisiones entre las diferentes entidades financieras y quedarnos con la que más nos convenga.
Con motivo de la crisis económica, ante la perdida de ingresos el sistema financiero trata de cobrar nuevas comisiones, por ello es de los sectores más problemáticos desde el punto de vista del consumo, con un aumento espectacular de consultas y reclamaciones en nuestras oficinas con respecto a los años anteriores a la crisis económica. Son múltiples los factores de reclamación: embargos hipotecarios, cláusula suelo, participaciones preferentes y, por supuesto, las comisiones indebidas.
En el año 2011, la Unión de Consumidores de Almería-UCA/UCE ha realizado un total de 125 actuaciones referentes al sector financiero. Por tanto, se trata de uno de los sectores que durante el año anterior ha registrado un mayor número de consultas y reclamaciones en nuestra organización.
La Unión de Consumidores de Almería-UCA/UCE anima a los consumidores a reclamar las posibles comisiones irregulares que se puedan estar cobrando.
