Presentadas las primeras 80 solicitudes de ayudas en municipios andaluces afectados por la DANA
Desde el 7 de noviembre toda la comunidad andaluza está declarada Zona Gravemente Afectada por una Emergencia de Protección Civil y pueden acogerse a las ayudas
.- Desde que el pasado 7 de noviembre el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicara el acuerdo el Consejo de Ministros, del 5 de noviembre, por el que se declara toda Andalucía Zona Gravemente Afectada por una Emergencia de Protección Civil son ya 80 las solicitudes de ayudas que se han formulado desde los municipios andaluces afectados por la DANA que atravesó la península entre los días 28 de octubre y 4 de noviembre. El mayor volumen de solicitudes se ha presentado en la provincia de Almería, concretamente 61, segunda de Málaga, con 15 y Cádiz, cuatro.
Con el fin de agilizar los trámites, desde mañana se irán incorporando los primeros empleados públicos interinos de refuerzo a las subdelegaciones de Andalucía con municipios afectados, a los que se sumarán nuevas incorporaciones hasta final de semana.
Una vez incorporados, serán los técnicos de las subdelegaciones, que ya han realizado una primera evaluación de daños, quienes planificarán las salidas a los municipios, donde, en coordinación con sus alcaldes y alcaldesas y desde dependencias de la localidad, atenderán e informarán sobre tramitación de las ayudas.
Zona Gravemente Afectada
Las ayudas publicadas hoy en el BOE están destinadas a:
- Paliar daños personales; daños materiales en vivienda y enseres; corporaciones locales; establecimientos industriales, mercantiles y de servicios y a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, en las cuantías y en las condiciones previstas en el Real Decreto 307/20005, de 18 de marzo (cuantías del régimen ordinario).
- Se contempla la posibilidad de subvencionar hasta el 50 % del coste para las obras que tengan que llevar a cabo las entidades locales del ámbito de aplicación de la Declaración de Zona, para reparar las infraestructuras, instalaciones y servicios.
- Se faculta a los ministerios para declarar zona de actuación especial y declarar la emergencia delas actuaciones para reparar daños en infraestructuras de titularidad estatal. Ello permite una mayor celeridad para actuar.
- También habilita para que se puedan considerar de emergencia los contratos de reparación de infraestructuras, equipamientos o servicios, de obras para reponer bienes dañados, así como las valoraciones de daños, que se tengan que realizar de manera inmediata.
- Habilita a las administraciones y al Consorcio de Compensación de Seguros a transmitir los datos personales para la gestión de ayudas.
- Para agilizar las obras de reparación, los bienes afectados podrán ser expropiados de forma urgente.
- Se habilita al MPJC para impulsar un Portal Registral de Emergencias, acordar pautas de actuación respecto al trabajo de los letrados y letradas de Administración de Justicia en los órganos judiciales afectados, reforzar los medios de los institutos de medicina legal afectados.
- Posibilita el destino del superávit de las entidades locales incluidas en el ámbito de Declaración de Zona para financiar inversiones para reparar los daños, que tendrán la consideración de financieramente sostenibles.
- Crea una Comisión interministerial que planificará y desarrollará medidas urgentes para el territorio afectado por la DANA, presidida por el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática. Integrantes:
– Interior (Vicepresidencia).
– Hacienda.
– Trabajo y Economía Social.
– Transición Ecológica y Reto Demográfico.
– Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
– Defensa.
– Transportes y Movilidad Sostenible.
– Ciencia, Innovación y Universidades.
– Economía.
– Vivienda.
– Inclusión, Migraciones y Seguridad Social.
– Agricultura.
– Sanidad.
– Derechos Sociales.
- Se habilita a TRAGSATEC a realizar actuaciones de peritación, valoración y cuantificación de daños que le soliciten las administraciones.
- Se habilita a MERCASA a ejecutar actuaciones de apoyo logístico y distribución alimentaria.
- La AECID pondrá a disposición de las autoridades competentes material de emergencias y de ayuda humanitaria.