Apuesta de futuro
Debido al enfoque cortoplacista que los equipos de gobierno adoptan para vertebrar y cohesionar la estrategia de la administración pública en cuestión, es frecuente que se otorgue un segundo plano a aspectos básicos y fundamentales para la competitividad venidera de nuestro aparato productivo, tales como la inversión en investigación, desarrollo e innovación. No obstante, el gobierno central, apuesta de forma indirecta por dichas rúbricas pero, delegando en el sector privado.
Esta apuesta de futuro orquestada por la empresa privada, radica en el artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, el cual estipula que “los ingresos procedentes de la cesión del derecho de uso o de explotación de patentes…se integrarán en la base imponible en un 50% de su importe” cuando se cumplan, como es lógico, ciertos requisitos como “que la entidad cedente haya creado los activos objetos de cesión” o que no tributen “en el régimen de consolidación fiscal”. ¿Qué implica esto?
Pues bien, durante cierto tiempo, la empresa que haya enarbolado y cedido el activo intangible, tributará por la mitad del ingreso, surgiendo una diferencia permanente negativa, es decir, el ingreso contable anual será, verbigracia, de 10.000 euros, mientras que el ingreso fiscal será de 5.000 euros, por consiguiente, en la liquidación del impuesto, tendremos que restar 5.000 euros al resultado contable antes de impuestos, con el objeto de minorar la base imponible, que posteriormente multiplicaremos por su tipo de gravamen, obteniendo, de este modo, una cuota íntegra inferior.
En resumidas cuentas, con esta ventaja fiscal se impulsa la investigación sin necesidad de consumir dinero público y, además, se delega en el sector privado, que deberá enfocar su trabajo a indagar en aquellas áreas demandadas por los usuarios, satisfaciendo sus necesidades y evitando cualquier tipo de desajuste entre oferentes y demandantes.
-José Cristian Callejón Villalobos-
-Estudiante de 4º de Finanzas y Contabilidad-
@josecallejon91
