Recursos adicionales para 1.043 centros más para mejorar la atención del alumnado vulnerable
El Consejo de Gobierno aprueba el decreto que unifica, regula y amplía la atención educativa en zonas de transformación social
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula la atención educativa en
centros docentes no universitarios situados en zonas con necesidades de
transformación social. El objetivo principal de esta norma, impulsada por la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, es prevenir y compensar las
desigualdades entre el alumnado derivadas de factores sociales, económicos,
geográficos o culturales con el fin de mejorar los rendimientos escolares para asegurar
el éxito académico.
Así, la nueva norma define medidas para alumnos que, por sus circunstancias
personales, sanitarias o socioeconómicas, presentan dificultades de acceso y
permanencia en el sistema, independientemente de si su centro está en una zona con
necesidad de transformación social. Las actuaciones se basan en la equidad, inclusión,
interculturalidad, perspectiva de género y accesibilidad universal.
El nuevo decreto garantiza, además, los recursos personales y materiales de los que
venían disponiendo los centros hasta ahora denominados de compensatoria y de zona
de actuación educativa preferente. Así, el próximo curso serán 1.043 centros más los
que refuercen su plantilla con un total de 1.792 docentes, de los cuales 1.275
corresponden al programa de zonas de transformación social (ZTS) y 517 son cupos
extraordinarios en centros de compensatoria. Esta dotación cuenta con un presupuesto
estimado de 100 millones de euros anuales.
Con este decreto se articula una red de centros que escolariza al alumnado en situación
de riesgo y de vulnerabilidad. Así, la condición de centro ZTS o de especial dificultad
viene determinada tanto por criterios territoriales como poblacionales. De esta manera,
la nueva norma se aplicará en aquellos centros ubicados en zonas Eracis, centros
rurales, centros en instituciones penitenciarias y en todos aquellos centros de Andalucía
que registren más de un 15% de alumnado en situación de vulnerabilidad,
independientemente de su ubicación geográfica. También incluye aquellos centros con
alta movilidad de plantilla (70%).
Para dar respuesta a la complejidad de estos entornos, el texto autoriza a los centros a
adoptar medidas de flexibilización organizativa en materia de espacios, tiempos y agrupamientos de alumnos con el fin de lograr la permanencia de los estudiantes en el
sistema y su progresión académica. Además, se contempla la disminución del número
de alumnos por profesor en las unidades escolares y la planificación adecuada de la
dotación y organización de los servicios complementarios para dar respuesta a estos
centros docentes, entre otras actuaciones.
El decreto impulsa también iniciativas para lograr estabilidad en las plantillas docentes
de los centros públicos de zonas con necesidades de transformación social de especial
dificultad en beneficio del desarrollo del proyecto educativo para un alumnado
especialmente vulnerable. De esta forma, los docentes que completen sus cuatro
primeros cursos consecutivos en un centro de especial dificultad recibirán ocho puntos
adicionales para los concursos de traslados, sumando tres puntos más por cada año
extra de permanencia.
En el ámbito de la gestión y dirección escolar, el decreto introduce mecanismos
extraordinarios para dar estabilidad a los órganos de gobierno de los centros con una
rotación superior al 70%. Se prevé la posibilidad de efectuar nombramientos
extraordinarios de directores por un periodo de un año en caso de vacante, así como la
facultad del director para proponer miembros del equipo directivo en régimen de
comisión de servicio.
Otra de las medidas que se pondrán en marcha será una oferta formativa especializada
para docentes que trabajen con alumnado vulnerable, con especial atención a los
programas de mentorización y tutorización del profesorado de nueva incorporación a los
centros de las zonas señaladas anteriormente.
