Reforma fiscal
El pasado viernes, día 16 de Marzo, la comisión de expertos fiscales, presidida por Manuel Lagares, presentaba un documento en el que se recogían más de cien propuestas enfocadas a remodelar el sistema fiscal, con el objeto de reducir la fiscalidad directa e incrementar la indirecta.
En este sentido, la citada comisión, invitaba a incrementar notabilísimamente el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, conocido como Ibi, actualizando los valores catastrales con periodicidad anual e incrementando el tipo de gravamen, actualmente ubicado en el 0.7% de media, aunque las corporaciones locales disponen de potestad suficiente como para incrementarlo hasta el 1.1%.
Esta comisión, que presumo ha olvidado llamarme, no ha considerado un verdadero cambio en el Ibi, simplemente se ha limitado a proponer una equívoca subida de dicho impuesto. Por eso, como ciudadano y estudiante universitario de una titulación de economía de empresa, quiero formular mi propuesta particular relativa a este gravamen, tachando la que brota de su informe de nefasta, por no considerar la iliquidez del bien que constituye la base imponible del impuesto.
No olvidemos que el Ibi también es soportado por muchas empresas, entendiéndose así, como un coste fijo, ya que no depende del volumen de actividad o cifra de negocios de la empresa concreta, sino que es un gasto que tendrá que ser sufragado por el sujeto pasivo con independencia de este parámetro, aunque el fisco lo considera deducible en el Impuesto de Sociedades.
Lo que aquí propongo, es la eliminación integra o parcial de dicho gravamen cuando la empresa atesoré resultados negativos.
Desde mi modesta opinión, se debería dotar a los ayuntamiento con esa opción, es decir, la corporación que lo estime oportuno, podría eximir a determinadas empresas, siguiendo criterios razonables (dar perdidas en un ejercicio fiscal), de tributar en concepto de Ibi.
-José Cristian Callejón Villalobos-
-Estudiante de 4º de Finanzas y Contabilidad-
@josecallejon91

