El Comité de Ética Asistencial Poniente inicia un programa formativo para profesionales y usuarios del sistema sanitario
El Comité de Ética Asistencial Poniente, integrado de forma conjunta por el Distrito Sanitario Poniente y la Agencia Pública Sanitaria Hospital de Ponien-te, va a iniciar un programa formativo, dirigido tanto a los propios profesiona-les, como a los ciudadanos que cada día son atendidos en los centros del sistema sanitario público. Su objetivo es dar a conocer su labor y difundir información básica sobre bioética y resolución de conflictos.
El Comité de Ética Asistencial Poniente es un órgano de deliberación de carácter multidisciplinar, que tiene entre sus funciones la de asesorar a pacientes y familiares, usuarios, profesionales sanitarios, entidades sin ánimo de lucro y equipos directivos, en la prevención y resolución de los conflictos éticos que puedan surgir en el ámbito de la asistencia sanitaria.
Está integrado por 18 personas, entre las que se encuentran profesiona-les de la Medicina, la Enfermería, el Trabajo Social, el Derecho, o la Adminis-tración Sanitaria, tanto del hospital, como del distrito sanitario. A ellos se une un representante de la ciudadanía, ajeno a ambos organismos sanitarios.
Este órgano consultivo se encarga de emitir dictámenes, no vinculantes, ante determinadas situaciones de conflicto, como el rechazo a un tratamiento médico o farmacológico o ante dudas sobre la aplicación de la voluntad vital anticipada, entre otros casos. Los ciudadanos pueden acceder a él a través del Servicio de Atención al Usuario de su centro de atención primaria u hospital. Por su parte, los profesionales pueden solicitar su asesoramiento a través de la secretaría del Comité de Ética.
Desde su constitución en mayo de 2011, los miembros del Comité de É-tica Asistencial Poniente han participado ya en cerca de una decena de reunio-nes de trabajo, que han permitido elaborar su reglamento interno y definir los protocolos de actuación ante los distintos tipos de demandas de asesoramien-to que pueden recibir.
A partir de ahora, su objetivo es fomentar la participación ciudadana y para ello se van a realizar varias actividades formativas, dirigidas tanto a los propios profesionales del Hospital y el Distrito Poniente, como a los colectivos ciudadanos y asociaciones de la comarca. Esta formación se va a centrar en aspectos como la bioética, el consentimiento informado para la realización de pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas o el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas.
Órganos de ética asistencial
La puesta en marcha de los comités de ética asistencial de centros sani-tarios, tanto públicos, como privados, está recogida en el decreto de regula-ción de los órganos de ética asistencial y de la investigación biomédica en los centros sanitarios de la comunidad andaluza, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en 2010. Esta norma, que desarrolla un apartado recogido en la Ley de Muerte Digna, habilita mecanismos de acceso directo de la ciudadanía a los comités y permite un mayor flujo de información e intercambio de conocimiento entre los profesionales y la sociedad.
La principal ventaja y novedad que supone esta norma es que establece la existencia de comités diferenciados para la actividad asistencial y la investi-gación biomédica, lo que favorece ofrecer respuestas a la creciente sensibili-zación social en ámbitos como el de los derechos humanos en el contexto sanitario, la dignidad de las personas en el proceso final de la vida, el respeto a la autonomía del paciente así como las inquietudes que puedan suscitar determinados avances en las prácticas biomédicas.
Por su parte, en el apartado de la investigación biomédica, la norma sis-tematiza y refuerza la evaluación de los proyectos de investigación tanto en seres humanos (ensayos clínicos) como aquellos que se realicen con muestras biológicas, garantizando que se respetan escrupulosamente los derechos de los pacientes y el marco ético y de responsabilidad social en todas las investi-gaciones biomédicas que se lleven a cabo en Andalucía.
Ley de Muerte Digna
La Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona ante el Proceso de la Muerte entró en vigor el pasado año. El texto sitúa a Andalucía como la primera comunidad del Estado en garantizar la protección de la dignidad de la persona en los últimos momentos de su vida y en asegurar la autonomía del paciente y el respeto a su voluntad, incluyendo la manifestada de forma anticipada en su testamento vital. Este derecho, además, viene recogido en el Estatuto de Autonomía de Andalucía.
El texto normativo es de obligado cumplimiento tanto para las instituciones sanitarias públicas como para las privadas y tiene por objeto regular el ejercicio de los derechos de la persona en la última fase de su vida y respaldar la labor de los profesionales, así como las garantías que las instituciones sanitarias estarán obligadas a proporcionar respecto a este proceso.
Entre los derechos reconocidos se encuentra el de recibir, o no si así lo desea el paciente, información clínica veraz y comprensible sobre su diagnóstico y pronóstico, con el fin de ayudarle en la toma de decisiones. También se regula el derecho del paciente a recibir tratamiento del dolor, incluyendo la sedación paliativa, y cuidados paliativos integrales en su domicilio siempre que no estén contraindicados y la persona así lo desee. La persona afectada podrá, igualmente, rechazar o paralizar cualquier tratamiento o intervención, aunque ello pueda poner en peligro su vida.
